Enfoque de inversión
Residencia para inversores en España tras la golden visa
Comprar un inmueble o invertir 1 M€ en acciones ya no da residencia: los artículos 63 a 67 de la Ley 14/2013 están vacíos desde el 3 de abril de 2025. Quedan vías generales, sin importe mínimo.
Desde el 3 de abril de 2025 no se puede obtener residencia en España por invertir en inmuebles, acciones o depósitos: los artículos 63 a 67 de la Ley 14/2013 quedaron sin contenido. Quedan vías generales que no dependen del importe invertido: la residencia no lucrativa (sin derecho a trabajar), la residencia de emprendedor a través de ENISA, la de trabajo remoto y la de profesional altamente cualificado. Ni un piso ni una participación en una SL dan estatus por sí mismos.
Qué se derogó y qué conservan quienes llegaron a tiempo
La Ley Orgánica 1/2025, en su disposición final 21, dejó sin contenido los artículos 63 a 67 de la Ley 14/2013: el visado de inversor, los medios para acreditar la inversión y las propias autorizaciones. Los efectos arrancan el 3 de abril de 2025. La derogación en sí se analiza en el artículo sobre la golden visa; aquí solo se trata lo que queda después.
Esa misma disposición final 21 añadió a la Ley 14/2013 dos normas transitorias. Quien presentó la solicitud antes de la entrada en vigor obtiene el visado o la autorización con las reglas anteriores. Las autorizaciones vigentes conservan su validez durante el plazo concedido, y la renovación se examina con las reglas de la fecha de la primera autorización. Por esta vía ya no hay solicitudes nuevas.
Qué vías quedan
Comprobado en los textos consolidados de la Ley 14/2013 y del Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024) a 12 de octubre de 2026.
| Vía | Base legal | Qué exige | Límite para el inversor |
|---|---|---|---|
| Residencia temporal no lucrativa | RD 1155/2024, arts. 61–62 | Medios: 400% del IPREM mensual para el solicitante y 100% por cada familiar; seguro de enfermedad; sin antecedentes penales | No se puede trabajar; la primera autorización es de 1 año |
| Residencia de emprendedor | Ley 14/2013, arts. 69–70 | Actividad innovadora y/o de especial interés económico para España; informe favorable de ENISA; plan de negocio | Duración de 3 años; la compra y reventa ordinaria de vivienda no encaja automáticamente en la definición |
| Teletrabajo internacional | Ley 14/2013, art. 74 bis | Trabajo a distancia para empresas fuera de España | En la actividad profesional, los clientes españoles no pueden superar el 20% |
| Profesional altamente cualificado | Ley 14/2013, art. 71 | Empresa empleadora en España | No tiene relación con el inversor |
Por qué comprar un inmueble no cambia nada
Sin autorización, una persona de un país no perteneciente a la UE permanece en España con las reglas de estancia de corta duración: no más de 90 días en cualquier periodo de 180 (art. 6 del Código de fronteras Schengen, Reglamento (UE) 2016/399). La propiedad de un piso, un terreno o una participación en una SL no prolonga ese plazo.
La residencia no lucrativa tiene una trampa aparte. Según el artículo 61 del Reglamento, es la situación de quienes pueden residir en España sin realizar actividad laboral ni profesional. El artículo 62.3 del Reglamento afecta de lleno a los dueños de empresas: si los medios provienen de acciones o participaciones en sociedades españolas, el solicitante acredita con una certificación que no trabaja en ellas y presenta una declaración responsable. Un cargo remunerado de administrador en la SL propia puede no caber en ese marco. No sé cómo lo interpreta una oficina concreta de Extranjería, y por eso es la primera pregunta de la lista siguiente.
Ejemplo didáctico: qué medios debe acreditar una familia
Ejemplo didáctico, no una previsión. Una pareja con dos hijos solicita la no lucrativa. Según el artículo 62 del Reglamento se computa el 400% del IPREM para el solicitante más el 100% por cada uno de los tres familiares: 4 + 3 = 7 IPREM al mes. El importe total debe cubrir el periodo de la autorización (art. 62.2), es decir, para el primer año 84 IPREM.
El IPREM de 2026 no se ha aprobado por separado: la ley de presupuestos de 2026 no está publicada en el BOE (comprobado el 12 de octubre de 2026) y rige el valor de la disposición adicional 90 de la Ley 31/2022, 600 € al mes. Entonces la familia necesita 7 × 600 = 4.200 € al mes, o 84 × 600 = 50.400 € para el primer año. Conviene verificar el IPREM en el BOE en la fecha de presentación: unos presupuestos nuevos o un real decreto-ley pueden modificarlo.
Preguntas al abogado de extranjería
- Si los dividendos de la SL o el beneficio del proyecto son compatibles con la no lucrativa y no se consideran actividad.
- Si se puede ser administrador no remunerado de la propia empresa.
- Si un proyecto de reventa de inmuebles encaja en la definición de actividad emprendedora o hace falta otro plan de negocio.
- Cómo se combina el estatus solicitado con la residencia fiscal: es un cálculo aparte; conviene empezar por el mapa de impuestos y el artículo sobre el régimen Beckham.
A quién no le sirve este artículo: a quien necesita una ruta cerrada para un pasaporte y una familia concretos. Eso es trabajo de un abogado de inmigración, y no lo sustituyo. El documento para la operación que casi siempre hace falta antes que la residencia es el NIE. El siguiente paso en el proyecto, una vez resuelta la cuestión del estatus: las hojas de ruta del inversor.
Preguntas frecuentes
¿Se puede obtener la residencia en España por comprar un inmueble en 2026?
No. Los artículos 63 a 67 de la Ley 14/2013 están vacíos desde el 3 de abril de 2025 y por la vía de inversor no se admiten solicitudes nuevas.
¿Sigue vigente una golden visa obtenida antes de 2025?
Sí, durante el plazo concedido, y la renovación se rige por las reglas de la fecha de la primera autorización (disposición transitoria segunda).
¿Da derecho a residencia invertir 1 M€ en acciones o en una SL?
No. Esa opción estaba en el artículo 63, que está vacío. Una participación en una SL no crea por sí sola derechos migratorios.
¿Se puede trabajar con la residencia no lucrativa?
No, por la propia definición del artículo 61 del Reglamento. Para trabajar hace falta otro tipo de autorización.