← Todos los artículos

Enfoque de inversión

Calendario fiscal del inversor en España: qué declaraciones y cuándo

El calendario fiscal del inversor combina plazos desde un hecho (compra, venta) y plazos por fechas (alquiler, IVA, impuesto de la SL). Tablas con fechas de 2026 y cómo se desplazan.

El calendario fiscal de un inversor inmobiliario en España tiene dos partes. Unos plazos se cuentan desde un hecho: el ITP se paga en el mes siguiente a la operación, la plusvalía municipal en 30 días hábiles. Otros están ligados a fechas: el Modelo 210 por el alquiler de un no residente, del 1 al 20 de abril; el IVA, cada trimestre; el impuesto sobre sociedades de la SL, en julio. Debajo están las dos partes con los plazos a 6 de octubre de 2026. Si el último día cae en fin de semana o festivo, el plazo pasa al primer día hábil.

Plazos desde un hecho: compra y venta

HechoQué presentar o pagarPlazoBase legal
Compra en CataluñaModelo 600 (ITP o AJD)Un mes desde la operaciónguía de la ATC
VentaPlusvalía municipal30 días hábiles desde la operaciónart. 110 del Real Decreto Legislativo 2/2004, TRLRHL
Venta por un no residenteEl comprador ingresa el 3% (Modelo 211)Un mes desde la entregaart. 14.3 del Reglamento del IRNR, Real Decreto 1776/2004
Venta por un no residenteImpuesto definitivo (Modelo 210)Tres meses después del plazo de la retenciónart. 14.4 del Reglamento del IRNR

Ejemplo didáctico. Un no residente vende un piso el 15 de marzo. El comprador ingresa el 3% hasta el 15 de abril, y el vendedor declara el impuesto definitivo sobre la ganancia hasta el 15 de julio, es decir, tres meses después del 15 de abril. La plusvalía municipal se presenta aproximadamente hasta finales de abril; la fecha exacta depende de los días hábiles. La plusvalía la paga el vendedor; si es una persona física no residente, el impuesto se gestiona a través del comprador (art. 106 TRLRHL).

Plazos por fechas: tenencia y alquiler

FechaQuéPara quiénBase legal
1 de eneroSe devenga el IBI del añoPropietario en esa fechaart. 75 TRLRHL
1–20 de abrilModelo 210, alquiler del año anterior (ingresos de 2026 en adelante; si se presenta por cada ingreso, solo los ingresos desde octubre de 2026)No residente sin SLAEAT, Orden HAC/623/2026
1 de enero – 20 de eneroModelo 210, alquiler de 2024 y 2025No residente sin SLAEAT, plazo de presentación
1 de enero – 31 de diciembre de 2026Modelo 210, renta imputada de 2025No residente, inmueble no alquiladoídem
1 de abril – 31 de diciembreModelo 210, renta imputada de 2026 en adelanteNo residente, inmueble no alquiladoAEAT, Orden HAC/623/2026

Si se declara cada ingreso por alquiler por separado, los ingresos de julio a septiembre de 2026 se presentan aún con la regla antigua, en los primeros 20 días de octubre de 2026. La renta imputada surge en el no residente que no alquila el inmueble y se explica en el artículo sobre el Modelo 210. El IBI en Barcelona se paga en los plazos que el Ajuntament publica cada año en el calendario del contribuyente; con domiciliación, el pago se divide en partes.

Plazos para la SL y para el residente

PlazoQuéBase legal
1–20 de abril, julio y octubre; el cuarto trimestre hasta el 30 de eneroModelo 303 (IVA)art. 71 del Reglamento del IVA
1–20 de abril, octubre y diciembreModelo 202, pago fraccionado del impuesto sobre sociedadesart. 40 de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades, LIS
25 días después de seis meses desde el cierre del periodo (para el año natural: julio; en 2026, el 27 de julio)Modelo 200, impuesto sobre sociedadesart. 124 LIS, calendario de la AEAT
Primeros 20 días de abril, julio, octubre y eneroModelo 216, retenciones sobre pagos a no residentes (alquiler, dividendos)art. 15 del Reglamento del IRNR
EneroResumen anual de retenciones, Modelo 296Reglamento del IRNR, art. 15.2
8 de abril – 30 de junio de 2026Renta (Modelo 100) y Patrimonio (Modelo 714) de 2025, residenteAEAT, calendario

Las reglas de los Modelos 303 y 202 valen para la SL que trabaja con IVA y tiene pagos fraccionados; la SL que solo posee un inmueble sin operaciones sujetas tiene menos declaraciones, y es una pregunta para el asesor fiscal.

Qué ocurre si se pasa el plazo

Si la declaración se presenta fuera de plazo sin requerimiento de la Administración, se añade un recargo: 1% más 1% por cada mes completo de retraso, y pasados 12 meses, un 15% fijo más intereses (art. 27 de la Ley 58/2003 General Tributaria, LGT). Si la Administración ya ha enviado un requerimiento, no se aplica el recargo, pero pueden imponerse sanciones. Por eso el calendario conviene llevarlo en la hoja del proyecto y no recordarlo la semana anterior.

A quién no le sirve este calendario

No contempla los impuestos de otros países, los beneficios regionales ni las particularidades de los contribuyentes con una cifra de negocios superior a 6 M€ (que declaran el IVA cada mes). No sustituye el calendario que preparará el asesor fiscal para su estructura. Preguntas para él: qué declaraciones me obligan aunque no haya ingresos; quién las presenta por la SL; cómo coinciden los plazos en España y en el país de residencia; quién lleva el calendario si no vivo en España.

Qué impuestos surgen en cada etapa se muestra en el mapa de impuestos del inversor. La página para el inversor extranjero reúne los impuestos en un solo lugar, y el efecto de los impuestos y los plazos en el resultado del proyecto puede estimarse en la calculadora.

Preguntas frecuentes

¿Hasta qué fecha debe presentar el no residente el Modelo 210 por el alquiler?

Para los ingresos de 2026 en adelante, del 1 al 20 de abril del año siguiente (Orden HAC/623/2026). Para el alquiler de 2024 y 2025, el plazo era del 1 al 20 de enero.

¿En cuánto tiempo se paga la plusvalía municipal tras la venta?

En 30 días hábiles desde la operación, en las transmisiones entre vivos (art. 110 TRLRHL). El cálculo detallado está en el artículo sobre la plusvalía municipal.

¿Qué pasa si se pasa el plazo del Modelo 210?

Si la declaración se presenta antes del requerimiento, se paga el recargo del art. 27 LGT y, pasados 12 meses, intereses. Si llega un requerimiento, son posibles las sanciones.

¿Cuándo presenta la SL el impuesto sobre sociedades?

En los 25 días siguientes a los seis meses desde el cierre del periodo impositivo. Para el año natural es julio; en 2026, el plazo termina el 27 de julio.

Aplicar este análisis a un inmueble

Conecte el tema con un presupuesto completo y la revisión documentada del activo.

Antes de tomar una decisión de inversión

12 preguntas antes de comprar un inmueble de inversión.

PDF y hoja de trabajo: precio de entrada, presupuesto completo, documentos, permisos, riesgos y salida. Reciba el material en tres pasos breves.

El presupuesto permite mostrar estrategias adecuadas. No se activa ninguna suscripción publicitaria.

Recursos del inversor

LET’S BUILD VALUE

Un proyecto a su medida — desde 1 M€.

WhatsAppTelegram

Paso 1 de 3

¿Qué capital de inversión está considerando?

Seleccione un rango para un proyecto en Barcelona o sus alrededores.